Congreso modificó ley de revocatoria de autoridades aumentando los requisitos

Para solicitar una revocatoria el número de firmas necesarias aumento a 1 millón 600 mil.   ( Foto : Diario 16 )

Para solicitar una revocatoria el número de firmas necesarias aumento a 1 millón 600 mil. ( Foto : Diario 16 )

Por : John Sandoval L. 

Hoy el pleno del Congreso también modificó la ley de revocatoria que ahora solo podrá realizarse el segundo domingo de junio del tercer año de mandato de dicha autoridad municipal o regional.

Asimismo, se aumentó el número de firmas requeridas para realizar dicha consulta en 25%. De este modo, si para revocar a Susana Villarán se necesitaron 400 mil firmas, ahora serán necesarias un millón 600 mil.

El objetivo es evitar que gestión de alcaldes y presidentes regionales sea desestabilizado por candidatos que perdieron en las elecciones.

La revocatoria solía ser usada por candidatos que perdieron las elecciones como venganza contra las autoridades elegidas. Uno de los casos más resaltantes fue el de la exalcaldesa de Lima, Susana Villarán, quien, electa el año 2011, tuvo que dedicar gran parte del año 2013 a enfrentarse a la revocatoria.

Según la ley aprobada los ciudadanos interesados en promover la consulta deberán registrarse ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y sustentar su pedido ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). De ser denegado, podrá apelarse ante el JNE. No obstante, si este ente deniega la apelación, el proceso queda totalmente anulado.

De ser admitido el pedido, los promotores deberán reunir el 25 por ciento de las firmas de los electores inscritos en la circunscripción correspondiente. Sin embargo, si la revocatoria gana y el alcalde es obligado a abandonar el cargo, será el accesitario quien asuma el cargo y en ningún caso se convocarán a nuevas elecciones.

Respecto a los recursos para financiar la consulta, la ley obliga a los promotores a rendir cuentas de los fondos empleados.

Esta reforma fue aprobada por el pleno del Congreso luego de ser rechazada una cuestión previa propuesta por el legislador Juan Pari, según la cual, el dictamen debía retornar a la Comisión de Constitución para un mejor estudio.

El dispositivo legal aprobado modifica los artículos 21, 22, 24, 25, 29 e incorpora los artículos 29-¡ y 48 de Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadana.

Además de esta ley, el Congreso aprobó hoy prohibir la reelección inmediata de los alcaldes y presidentes regionales, quienes a partir de la entrada en vigencia de la norma pasarán a llamarse gobernadores regionales.

Al respecto, la Presidenta del Consejo de Ministros, Ana Jara, se mostró positiva por la aprobación y promulgación de las reformas, entre las que se encuentra el impedimento a los presidentes regionales y alcaldes de postularse a la reelección inmediata.

de Impacto Informativo Publicado en Política

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